Fuentes y citas
A
los fines de lograr un acercamiento general y profundizado de los temas a
tratar en nuestro trabajo algunas de las fuentes y citas a utilizar serán:
Citas:
1-
Ahora bien, para poder implementar la modalidad de
trabajo a distancia es necesario definir, entre otros aspectos, los detalles
técnicos-operativos (computadora, acceso a internet y a los programas
específicos del área), la organización del trabajo, las formas de comunicación,
y fundamentalmente contar con un período de entrenamiento para todo el equipo,
incluyendo a quien esté a cargo de este.
Sin embargo, la situación desencadenada por la
pandemia COVID-19 y la extensión del período de aislamiento, precipitó el
adoptar en forma sorpresiva y masiva la modalidad de Trabajo Remoto, sin la
posibilidad de planificar y anticipar las acciones antes mencionadas. La
posible falta de herramientas de trabajo, la dificultad para el acceso a la
información compartida, o incluso la falta de experiencia en la gestión de
equipos remotos, pueden generar ansiedad o frustración. (Cyngiser, V., Calós, I., Gambera, M., Padín, L., Novarin, S., &
Val, A. 2021 p. 16-17)
2-
Algunos de los principios que ha recomendado la Oficina Nacional de Empleo Público (ONEP) (2020) para la facilitación de la implementación del trabajo remoto son:
- Considerar el trabajo remoto tan serio como el presencial.
- Establecer una rutina diaria
- Tener un espacio propio donde trabajar
- Buscar actualizarte o capacitarte en tus áreas de interés.
- Buscar actividades para mantener el bienestar personal.
3-
La
experiencia de la regulación del teletrabajo en el sector privado no ha tenido
una recepción auspiciosa por parte de algunos sectores de la doctrina
laboralista por no brindar soluciones reales a la problemática y generar otras
por la forma en que ha sido redactada la norma, los aspectos tratados y los
instrumentos en los que se ha inspirado.
No caben dudas
de la importancia de la temática abordada por la nueva ley, la que por otra
parte había sido olímpicamente ignorada a lo largo de los años pese a los
múltiples atisbos de regulación. De esta manera se coloca a nuestro país en
paridad de condiciones respecto a otros y se acomoda nuestra legislación
aciertos lineamientos emanados de la OIT. Aunque, justo es reconocerlo, ésta no
ha conformado ningún Convenio ni Recomendación al respecto, sino sólo
tangencialmente a través del Convenio Nº
177 de Trabajo a Domicilio (20 de junio de 1996), ratificado por nuestro país
por la ley 25.800.
De allí que haya
llamado la atención la premura con la que se trató el tema y la escasa participación que han tenido los
sectores involucrados en la aportación de elementos que pudieran enriquecer el
texto de la norma, la cual a resultas de la forma en que la misma ha quedado
redactada da cuenta de un atraso conceptual evidente, de confusiones y de
omisiones, a lo que se suma un evidente
oportunismo que en lugar de proteger a
quien va dirigida le genera más preocupaciones que certezas, ya que deja
cuestiones fundamentales en cabeza de la negociación colectiva o del convenio individual, tal como
ocurriera en épocas pretéritas en donde la flexibilización y precarización
encontraban esa vía de escape. (Morresi, Jorge 2021 p. 192)
Referencias
- · Cyngiser, V., Calós, I., Gambera, M., Padín, L., Novarin, S., & Val, A. (2021). Trabajo remoto: análisis y desafíos dentro de la Administración Pública Nacional. Cuadernos Del INAP (CUINAP), 2(55). Recuperado a partir de //publicaciones.inap.gob.ar/index.php/CUINAP/article/view/233
- Oficina Nacional de Empleo Público (ONEP) (2020) “Guía de recomendaciones para empleados públicos” Recuperado de https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/guia_de_recomendaciones_para_empleados_publicos_sobre_trabajo_remoto_y_bienestar_psicosocial_2.pdf
- · Morresi, Jorge (2021) “La nueva modalidad contractual: El teletrabajo” Revista de Derecho Laboral Actualidad Año 2021-1. 191-214
La problemática presentada en torno al teletrabajo, ha tenido especial relevancia a partr de la pandemia. A las características presentadas quisiera agregar algunas otras cuestiones a considerar en la aplicación del teletrabajo en la Administración Pública, como las consecuencias de la desintegración de los grupos de trabajo, la pérdida de diversos aspectos de variables de la organización como la variable cultural y en términos de pérdida de comunicación. También puedo identificar pérdidas en términos de participación sindical de los trabajadores que pierden conexión con sus pares y representantes, y la posibilidad de compartir sus problemáticas como trabajadores.
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